Dentro de las actividades establecidas por ejecutar en el Área de Desarrollo Llanos 141 se encuentra en la etapa de Operativa subetapa Pruebas de producción la actividad de Operación de Teas la cual ha de ser necesaria de forma temporal o permanente para el desarrollo del proyecto, siendo obligatorio la solicitud de permisos de emisiones atmosféricas para las permanentes según los requerimientos de la Autoridad Ambiental.
Las fuentes fijas a requerir permiso corresponden a las teas que operarán de forma continua, correspondiente a (3) tres unidades, que se distribuirán en las Facilidades Satélite (FS) y en la Facilidad Central de Producción (CPF) respectivamente.